Estímulo fiscal comerciantes L3
Los estímulos se aplicarán en:
o Impuesto sobre nóminas
o Impuesto sobre hospedaje
o Impuesto sobre remuneraciones al trabajo de personal no subordinado
El beneficio es del 1 de julio, hasta concluir las obras, y por el 100%
El mecanismo que deben seguir los comerciantes es:
· Siteur conformará el polígono y padrón de comerciantes que pueden ser beneficiados
· Los comerciantes dentro del polígono de la obra deberán acudir a las oficinas de Siteur para registrarse entregando el formato identificado como ANEXO 1 que podrá descargarse en este espacio.
· Siteur validará la información presentada por el comerciante, y determinará si éste se ubica dentro del polígono en que se desarrolla la obra y es sujeto de los estímulos fiscales.
· Siteur integrará el Padrón de Beneficiarios y lo remitirá a Sepaf para que conozca a qué comerciantes se les pueden aplicar los estímulos
· Al presentar sus declaraciones ante la Sepaf, al comerciante se le aplicarán en automático las condonaciones aprobadas.
Nota: los ciudadanos beneficiados por este Acuerdo fiscal que hayan pagado sus contribuciones de los meses julio y agosto de 2015, podrán solicitar la devolución de los recursos enterados.
Para mayor información, la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas pone a su disposición el área de Impuestos estatales que se ubica en la calle Pedro Moreno, número 281, cuarto piso, en el Centro Histórico de Guadalajara, con la línea telefónica 3668-1700, extensiones 33228, 33143 y 33145 o al correo impuestosestatales@jalisco.gob.mx
- Archivos adjuntos
- Descargar Anexo 1 , tipo de archivo PDF, tamaño 37.62kB Anexo 1 (PDF, 37.62kB)
- Descargar Reglas de operación línea 3 , tipo de archivo PDF, tamaño 1.54MB Reglas de operación línea 3 (PDF, 1.54MB)