Secretaría de la Hacienda Pública

Preguntas frecuentes

 

PREGUNTAS FRECUENTES
 
¿Es necesario generar cita para realizar el trámite de Inscripción al Padrón de Impuestos Estatales? (inscripción, cambio de domicilio, suspensión etc.)
Sí, es necesario para garantizar el servicio y para que tu trámite sea más ágil.
 
¿Cómo hago mi cita?

  •   Ingresa al portal a través de:

https://sefinenlinea.jalisco.gob.mx/agendarecaudadora

  • Da clic en registro de usuario, llena con tus datos y presiona “guardar”.
  • Recuerda anotar el usuario y la contraseña que creaste, porque los utilizarás cada vez que ingreses al agendador.
  • Recibirás un enlace en tu teléfono celular para confirmar tu registro.
  • Después, deberás entrar al agendador con tu nueva cuenta, tecleando el usuario, la contraseña y el CAPTCHA que aparece al final.
  • Elige el trámite que deseas realizar, completa la información solicitada, elige el centro de atención y el horario de tu preferencia.
  • Da clic en “agendar cita”.
  • Revisa tu celular, te enviaremos un código de verificación que deberás ingresar en la plataforma para confirmar tu cita. Recuerda que la vigencia de este código es de 3 minutos.

¡Listo, tu cita quedará agendada!
 
¿Qué es el formato FGJFI-O-F-U o el 191-A?
Es la solicitud para presentar el aviso de inscripción y movimientos al padrón estatal, en el cual deberán capturarse los datos requeridos y presentarse en 4 tantos, con firma autógrafa en color azul, mismo que deberá llenarse a computadora y sin tachaduras.
 
Si no cuento con el alta patronal, aviso de baja o cambio de domicilio del IMSS, ¿qué documentos puedo presentar?
Podrá presentar la Constancia emitida por el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), según sea el caso.
 
 
¿Qué actividad se debe indicar en la solicitud, en caso de realizar inscripción como retenedor al RTP (Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal no Subordinado) (persona moral)?
Retenedor del impuesto de ingresos asimilables a salarios.
 
¿Qué requisitos debe contener el comprobante de domicilio?
Que la información del comprobante coincida con la registrada en el SAT, IMSS y el formato FGJFI-O-F-U o el 191-A.
 
 
¿Qué comprobante de domicilio puedo presentar?
1. Estado de Cuenta emitido por alguna institución del Sistema Financiero.
2. Recibo emitido por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), empresa prestadora de algún servicio de paga, servicio de Internet o telefonía fija.
 
(El comprobante podrá presentarse impreso en papel membretado o la impresión de un    
       comprobante electrónico, con una antigüedad no mayor a 3 meses.)
 
¿Qué documento se podría presentar, si arrendo el domicilio señalado en mi solicitud?
Contrato de arrendamiento, acompañado de un comprobante de domicilio de los señalados en la respuesta anterior, a nombre del propietario del inmueble, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
 
¿Qué puedo presentar como comprobante de domicilio si no cuento con alguno a mi nombre?

  • Personas jurídicas.

Que el comprobante esté a nombre de un socio o accionista, siempre y cuando se compruebe mediante el acta constitutiva que este continúa siendo parte activa de la sociedad.

  • Persona física.

A nombre de un familiar (padres, hermanos, hijos o cónyuge), siempre que exista correspondencia con los datos de domicilio asentados en la identificación oficial que se exhiba, en cuyo caso deberá acompañarse invariablemente de la copia de la identificación oficial de persona referida, así como el acta de nacimiento del contribuyente; en caso de cónyuges, además, se deberá presentar copia del documento oficial que acredite el matrimonio.
 
Si mi actividad económica es de construcción, ¿qué puedo presentar como comprobante de domicilio?
El contrato de obra, siempre que esta no exceda un plazo mayor a 6 meses de terminación.
 
¿Cómo puedo realizar el pago de mis obligaciones fiscales ante la Secretaría de la Hacienda Pública?
El pago de los créditos fiscales deberá hacerse en efectivo, con cheque certificado, cheque de caja, tarjeta de crédito o débito, o cualquier otro medio que autorice la Secretaría de la Hacienda Pública. (Fundamento legal: Artículo 72, Código Fiscal del Estado de Jalisco.)
 
¿Qué otros medios puedo utilizar para realizar el pago?
La Secretaría de la Hacienda Pública podrá encomendar la recepción de pago de los ingresos a otros organismos públicos, a instituciones de crédito o a organizaciones privadas autorizadas para tal efecto. (Fundamento legal: Artículo 10, Código Fiscal del Estado de Jalisco.)
 
Si realizo el pago de mis contribuciones u obligaciones fiscales con cheque certificado o de caja, ¿a nombre de quién lo expido?
A nombre de la Secretaría de la Hacienda Pública. (Fundamento legal: Artículo 3°, fracción I, Reglamento Interno de la Secretaría de la Hacienda Pública)
 
En las Oficinas Recaudadoras del Estado, ¿hasta qué monto y por qué medio me pueden recibir un billete de depósito?
Tratándose de la recepción de cantidades en custodia mediante la emisión de billetes de depósito, se deberán recibir únicamente mediante pagos en efectivo o cheque de caja; y en operaciones mayores a $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), exclusivamente con cheque de caja. (Fundamento legal: Artículo 11, fracciones I, XXXVII y XCVII, Reglamento Interno de la Secretaría de la Hacienda Pública.)
¿Qué características debe tener el poder para la realización de trámites de impuestos estatales?
Debe ser poder general para actos de administración, cuya vigencia no debe ser mayor a 5 años en tratándose de poderes otorgados en el Estado de Jalisco; en caso de que el representante legal no pueda acudir a realizar el trámite puede acudir un tercero con carta poder dirigida a la Secretaría de la Hacienda Pública, debidamente certificada ante la recaudadora, únicamente para la realización del trámite, más no para firmar documentos.
 
En caso de no presentarse el contribuyente persona física o representante legal en caso de ser persona jurídica, para realizar algún trámite ante la Secretaría de la Hacienda Pública, ¿cómo se puede acreditar la representación?
La representación legal de las personas físicas o jurídicas ante las autoridades fiscales, se acreditará con escritura pública o mediante carta poder firmada ante dos testigos, ratificando las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales o ante fedatario público. (Fundamento legal: Artículo 93, Código Fiscal del Estado de Jalisco.)
 
¿Qué se necesita para hacer declaraciones complementarias?
Se debe llenar la declaración en 3 tantos, adjuntando copia del pago anterior y estado de cuenta donde se refleje el pago. Luego, pasar a cualquier Recaudadora Fiscal a realizar el pago o hacerlo vía internet, en la página de la Secretaría de la Hacienda Pública: https://repte.jalisco.gob.mx/sites/default/files/declaracion_de_impuestos_estatales_2020a.pdf
 
¿Cuáles son requisitos para presentar compensaciones?
Compensación en los impuestos estatales: original y una copia de los siguientes documentos:
1.     Escrito libre manifestando lo sucedido y solicitando compensación por el pago realizado (doble o demasía) según corresponda. Deberá presentarse en dos tantos, firmado con tinta azul por el interesado, representante legal o apoderado legal.
2.     Acta Constitutiva o Acta Protocolizada acreditando la personalidad de quien firma el escrito.
3.     Identificación oficial vigente.
4.     Hoja de trabajo donde indica las percepciones de los trabajadores gravadas, donde determina las erogaciones gravadas del mes que se tiene doble, asimismo, del mes a compensar.
5.     Liquidación del IMSS SUA, tanto del mes del saldo a favor como del mes a compensar.
6.     Pago realizado en original, pago en línea: comprobante que emite el sistema, recibo oficial (dos tantos) que emite esta Secretaría y estado de cuenta donde refleja el pago del Banco a esta Secretaría. Pago en ventanilla o tienda de conveniencia: voucher, hoja que se llevó al establecimiento para pago y recibo (dos tantos), o en Oficina de Recaudación Fiscal (declaración y recibo).
7.     Declaraciones:
- Complementaria: donde se manifiesta el saldo a favor por pago doble.
- Normal: donde se aplica la compensación.
 
Estas declaraciones se realizan al momento de ser atendido; es importante acudir con el efectivo suficiente en caso de que haya cantidad a cargo. Puede acudir una tercera persona, siempre y cuando presente una carta poder simple CERTIFICADA por la https://repte.jalisco.gob.mx/sites/default/files/declaracion_de_impuestos_estatales_2020a.pdf, con dos testigos, donde le autorice para realizar la compensación, además, llevar original y copia de las identificaciones, para su cotejo.
 
¿Cuándo se presenta la solicitud de compensación?
Procedería únicamente al mes inmediato de realizado el pago duplicado o pago en demasía.
 
¿Es necesario generar cita para realizar los trámites vehiculares? (cambio de propietario, dotación de placas para vehículos nuevos o usados, etc.)
Sí, es necesario para garantizar el servicio y para que tu trámite sea más ágil y sencillo.
 
¿Cómo hago mi cita?

  • Ingresa a la página de internet hacienda.jalisco.gob.mx, a través de:
  • Citas Vehiculares y Estatales

https://sefinenlinea.jalisco.gob.mx/agendarecaudadora/agenda.aspx

  • Da clic en registro de usuario, llena con tus datos a nombre del nuevo propietario y presiona “guardar”.
  • Recuerda anotar el usuario y la contraseña que creaste, porque los utilizarás cada vez que ingreses al agendador.
  • Recibirás un enlace en tu teléfono celular para confirmar el registro.
  • Después, deberás entrar al agendador con tu nueva cuenta, tecleando el usuario, la contraseña y el CAPTCHA que aparece al final.
  • Elige el trámite que deseas realizar, completa la información solicitada, selecciona la recaudadora y el horario de tu preferencia.
  • Da click en “agendar cita”.
  • Revisa tu celular, te enviaremos un código de verificación que deberás ingresar en la plataforma para confirmar tu cita. Recuerda que la vigencia de este código es de 5 minutos.
  • ¡Listo, tu cita quedará agendada!

 
Para vehículos usados con placas de otros estados y que pretendan dotar de placas o emplacar en el Estado de Jalisco, ¿qué tramite se tiene que hacer?
Es necesario agendar cita para acudir a un centro de validación:

  • Ingresa a la página de internet hacienda.jalisco.gob.mx, a través de:

Apartado Accesos, Cita de Validación Vehicular
https://hacienda.jalisco.gob.mx/tramites-y-servicios/informacion-a-contribuyentes/cita-validacion-vehicular
 
O ingresa a fiscalia.jalisco.gob.mx
Apartado: Destacamos, Agenda tu cita de Validación Vehicular
https://fiscalia.jalisco.gob.mx/content/agenda-tu-cita-de-validacion-vehicular-0
 
 
Da clic en registro de usuario, llena con tus datos a nombre del nuevo propietario y presiona “guardar”.
 
Supuestos más comunes:
 

  • Unidades usadas que provengan con registro vehicular de otras Entidades Federativas (estados) de origen nacional o extranjero y que su año modelo de fabricación se encuentre dentro de los diez años anteriores al actual, aun cuando hayan tenido algún antecedente de registro en el Estado de Jalisco.
  • Los vehículos usados de las marcas Volkswagen y Nissan, provenientes de otra Entidad Federativa y que su año de fabricación corresponda a 1990 o posteriores, aun cuando hayan tenido algún antecedente de registro en el Estado de Jalisco.
  • Los vehículos en general que provengan de otra Entidad con independencia de su año modelo y que, para el trámite de alta de placas de circulación, presenten denuncia por robo o extravío de una o ambas placas o bien presenten la totalidad de sus antecedentes de pagos en documentos certificados.

 
¿Cómo puedo obtener una constancia de No Adeudo Vehicular?
Presentando la solicitud mediante escrito libre, el cual se deberá ingresar en la ventanilla de oficialía de partes de la Secretaría de la Hacienda Pública, ubicada en Av. Magisterio esquina Calle Tamaulipas, col. Guadalupana, con los siguientes documentos:
 

  •  Propietario persona física:

o   Escrito libre
o   Identificación oficial vigente
o   Tarjeta de circulación
 

  • Propietario persona jurídica:

o   Escrito libre
o   Acta constitutiva
o   Poder notarial del representante legal
o   Tarjeta de circulación
La documentación debe presentarse en original y copia, previo al ingreso de la solicitud se deberán pagar los derechos en cualquier oficina recaudadora conforme a la Ley de Ingresos vigente.
 
¿Cómo puedo obtener mi CFDI?
El folio de factura es el que se encuentra en tu recibo oficial después de la liga de facturación en la parte de tu recibo oficial después de todos los conceptos.
 
Para solicitar la factura electrónica o CFDI, por el pago de Impuestos, Derechos, Productos o aprovechamientos a la Secretaría de la Hacienda Pública, ¿cómo puedo obtenerla?
A través de la página de internet de la Secretaría de la Hacienda Pública hacienda.jalisco.gob.mx, Accesos, Facturación electrónica o en el siguiente Link https://jalisco-facturacion.sw.com.mx/
 
¿Cuál es el folio para timbrar factura?
El folio de factura es el que se encuentra en tu recibo oficial después de la liga de facturación en la parte de tu recibo oficial después de todos los conceptos.
 
¿De dónde puedo descargar mi folio factura?
Para descargar comprobantes de pago realizados en bancos, tiendas de conveniencia y en línea, acompañados de folios para timbra factura, ingresa a la liga    https://gobiernoenlinea1.jalisco.gob.mx/bancos/Reimprime
 
¿Qué indica la leyenda “No se encontraron datos para el folio proporcionado”?
"No se encontraron datos para el folio proporcionado" indica que se ingresó con el folio erróneo.
 
¿Cuánto tiempo tengo para emitir un CFDI después de haber realizado el pago?
A más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a que haya tenido lugar la operación, acto o actividad de la que derivó la obligación de expedirla.
(Fundamento legal: Artículo 39 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación).
 
¿Cuánto tiempo tengo para cancelar la factura?
Para los efectos del artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF, la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.
 
¿Cómo puedo obtener una constancia de No Adeudo de Impuestos Estatales u Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Estatales?
Presentando la solicitud mediante escrito libre, el cual se deberá ingresar en la ventanilla de oficialía de partes de la Secretaría de la Hacienda Pública, ubicada en Av. Magisterio esquina Calle Tamaulipas, col. Guadalupana, con los siguientes documentos:
 
 Contribuyente Persona Física:

  •  Escrito libre señalando el número de Registro Estatal o Cuenta Única Estatal
  •  Identificación oficial vigente.

 
Contribuyente Persona Jurídica:

  •  Escrito libre señalando el número de Registro Estatal o Cuenta Única Estatal.
  •  Acta constitutiva
  • Poder notarial del representante legal
  • Tarjeta de circulación.

La documentación debe presentarse en original y copia, previo al ingreso de la solicitud se deberán pagar los derechos en cualquier oficina recaudadora conforme a la Ley de Ingresos vigente.
 
 
 
 

Autor: pedro.alvarez - Secretaría de la Hacienda Pública
Fecha de actualización: 20/10/2022 - 21:07:46